Como es de público
conocimiento, las 14 organizaciones sindicales del sector público, bajo la
coordinación de la CUT en la denominada
Mesa del Sector Público (MSP) realizan todos los años con el gobierno un proceso de negociación que
según los estándares de la Organización Internacional del Trabajo OIT
corresponde a un proceso de negociación colectiva (lo que no está reconocido
aún en la normativa nacional).
Este año el proceso ha
comenzado este pasado 27 de septiembre fue entregado en la Moneda, el documento
“PROPUESTA DE REAJUSTE Y MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES LABORALES: NEGOCIACIÓN
COLECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO, CENTRALIZADO Y DESCENTRALIZADO”
Este documento de 14
páginas posee cuatro seis capítulos que tratan de los siguientes temas y los cuales se resumen a continuación:
I. COBERTURA DE LA NEGOCIACIÓN Y FINANCIAMIENTO
DE LAS MEDIDAS
·
Reajuste de las remuneraciones
·
Remuneraciones mínimas del sector público por estamento
·
Valores de beneficios (asignaciones, aportes bienestar, etc.)
·
Bono término de negociación
II. TRABAJO
DECENTE (Según concepto de la OIT)
La Mesa del Sector público reivindica, para el conjunto
de los/as trabajadores/as del Sector Público contar con un empleo justamente
remunerado y en condiciones de libertad, equidad, seguridad y respeto de la
dignidad humana durante todo su ciclo de vida laboral. Incluye los ítems relacionados
con:
·
Estabilidad Laboral
·
Protocolo garante de estabilidad laboral (Ratificación de
instructivo sobre renovación de personal a contrata 2012)
·
Carrera Funcionaria
·
Traspaso de personal a contrata a calidad jurídica de planta
·
Regularización de honorarios permanentes
·
Escala y estructura de remuneraciones de trabajadores/as del
sector público
·
Seguro de cesantía para el
sector público, para personal de planta y contrata.
III. CONDICIONES DE TRABAJO.
·
Asignación Técnico de nivel Superior. Se exige el reconocimiento
de todos/as los/as funcionarios/as públicos/as con título técnico de nivel
superior a través del pago de una asignación económica
·
Asignación Profesional para todos/as los/as profesionales que
laboran en el Sector Público
·
Asignación de Zona y Zonas Extremas.
·
Extensión del beneficio de
asignaciones de zona a todas y todos los trabajadores del sector público que
laboran en las localidades que generen este derecho
·
Homologación de la base de su cálculo, respecto a las FFAA,
para las trabajadoras y trabajadores de las regiones de Arica y Parinacota,
Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes, las provincias de Chiloé, Palena
y las comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández.
· Otorgar el carácter de
imponible a las asignaciones y bonificaciones de zona y zona extrema, ello con cargo
al erario fiscal, dada la relevancia en la renta que en muchas zonas alcanza, lo
que redunda en un considerable menoscabo en los ingresos al pensionarse, ello
al no definirse esta asignación como imponible.
·
Extensión del Aporte de Bienestar para el conjunto de los/as
trabajadores/es públicos representados en esta negociación y cuya cobertura fue
definida anteriormente. Asimismo, requerimos que el gobierno garantice que el aporte
correspondiente al artículo 23 del decreto ley Nº249, de 1974 será destinado
exclusivamente para cubrir pagos de bienestar efectivo de las y los
funcionarios públicos y en caso alguno destinado a transacciones en beneficio o
lucro de terceros ajenos al funcionario/a.
· Concretar el acuerdo
alcanzado en la continuidad del proceso de negociación del año 2012, en cuanto
a establecer un viático único, igualando y nivelando el monto de los viáticos al tramo más
alto, eliminando la diferencia discriminatoria de pago entre grados
· Creación de Becas de
estudios para los/as funcionarios/as y sus hijo/as en
el sector
centralizado, descentralizado,
municipal, servicios traspasados y Universidades Estatales.
· Pago del Incremento
Previsional para
aquellos/as trabajadores/as que nos lo perciben, la aplicación del incremento
previsional del Decreto-Ley N°3.501, fundada en la calificación de remuneraciones
imponibles de los haberes correspondientes. La exclusión de estos haberes
constituye una violación de los Convenios N°35 y 37 (ratificados y vigentes en
Chile.
IV. CONDICIONES DE
RETIRO
·
Nuevo Sistema Previsional
Las y los trabajadores del Sector Público abogamos por un sistema
previsional de reparto, solidario, sin fines de lucro, que garantice una tasa
de remplazo digna de a lo menos un 70 %, que permita la libre elección entre un
sistema de capitalización individual y uno de reparto solidario, con
participación garantizada de las y los trabajadores y un rol preponderante del
Estado.
·
Incentivo al Retiro.
Ampliar los planes de retiros a los servicios que aun no los han
implementado. Incorporar en la ley de
reajuste un acápite que permita a las trabajadoras y trabajadores, que por cualquier
motivo no accedieron a los planes de retiro vigentes, acogerse a los mismos
independiente de las causas por las cuales no hicieron uso de este derecho.
·
Establecer planes de
retiro permanentes, lo cual aseguraría un flujo conocido y constante, posible de
cuantificar y presupuestar y que incentivaría a las trabajadoras y trabajadores
a planificar su retiro considerando particularidades como enfermedades
invalidantes y/o permanentes.
·
Exigencia del mayor esfuerzo del gobierno para concluir, en lo
que resta de su mandato, las negociaciones pendientes de los planes de
incentivo al retiro teniendo como base las modalidades realizada
en procesos anteriores
V. IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES
·
Proyecto de Ley Salas Cunas La Mesa del Sector
Público rechaza el contenido actual del proyecto de ley que modifica el derecho
de Salas Cunas,
dado que no asegura el acceso a las hijas e hijos de todos los y las
trabajadoras en los Niveles Sala Cuna y Medio Menor.
La MSP demanda participar en la discusión del
Proyecto a objeto de modificar la accesibilidad de los beneficiarios/as, la política
de financiamiento y su cobertura. La exclusión de dicho
proyecto de ley de los/as Trabajadores/as del Estado constituye un incumplimiento grave de la buena fe en los procesos de
negociación, en atención a que durante los intercambios realizados con el
gobierno en continuidad de los acuerdos de la negociación del año 2012, se
planteó a nuestras organizaciones que nuestras demandas sobre la materia serían
incorporadas en dicho proyecto de ley.
· Cuidado Infantil: Demandamos que todos los/as niños/as, de dos a
cuatro años once meses, hijos/as de funcionarios/as públicos/as, tengan el
derecho a la Educación Inicial, considerando la existencia y el acceso a los jardines
infantiles, ello dado que este segmento etario de niños/as hoy no tiene
asegurado este derecho fundamental.
·
Ampliación del derecho a Sala Cuna para todos los funcionarios
públicos,
derecho que hoy asiste a las mujeres como obligación legal, excluyendo a los
hombres.
·
Acoso Sexual: Se debe garantizar la elaboración de un reglamento al interior
del Estatuto Administrativo que posibilite una investigación más eficiente en
materia de acoso sexual, a objeto de cumplir de manera eficiente la ley 20.005,
específicamente en lo que dice relación con sus sanciones.
·
Código de Buenas Prácticas Laborales: Que se incorpore la
necesidad de dar un marco legal obligatorio del Código de Buenas Prácticas
Laborales, perfeccionado sus contenidos y aplicación y que tengan una sanción
explicita para quienes lo transgredan.
·
Remuneración íntegra bajo el permiso postnatal parental: Todo/a funcionario/a que
esté haciendo uso del descanso prenatal y postnatal tendrá derecho a la
mantención del total de su remuneración y su pago corresponderá al servicio o
institución empleadora.
VI. LIBERTAD
SINDICAL
· Eliminación de
las restricciones legales existente en la Constitución Política, el Estatuto
Administrativo, el Código del Trabajo y toda otra normativa que impidan el
pleno ejercicio de la Libertad Sindical.
· Término
de las prácticas antisindicales contra las y los dirigentes sindicales del sector
público, entre ellas el no pago de sus remuneraciones íntegras, como
actualmente está ocurriendo con parte de las y los dirigentes que laboran en
sistemas de turnos.
· Reconocimiento del procedimiento de tutela de derechos fundamentales, que se ha incorporado a nuestra
legislación laboral y que resulte plenamente aplicable a los/as funcionarios/as
públicos/as, superando la denegación de sede judicial para resolver los
conflictos laborales que puedan suscitarse, como ya ha ocurrido. Estas demandas
se insertan en la obligación que tiene el Estado de Chile de cumplir con los
Convenios de Libertad Sindical ratificados ante la OIT y son la expresión del
cumplimiento de las recomendaciones que los órganos de la OIT han remitido al
Estado de Chile.
El documento completo puede visualizarse en el siguiente enlace:
http://www.anef.cl/portal/
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